jueves, 28 de septiembre de 2017
Indices financieros
En relación a lo dispuesto en el artículo 166 de la Codificación de Resoluciones del SERCOP expedida mediante Resolución No. RE-SERCOP-2016-0000072 de fecha 31 de agosto de 2016, las entidades contratantes deberán considerar como referenciales a los índices financieros establecidos en los procedimientos de contratación pública, por lo que, no serán una causal de rechazo de la oferta, por no ser éstos requisitos mínimos de obligatorio cumplimiento.
viernes, 10 de febrero de 2017
USHAY Módulo facilitador de contratación Públicas actualizado
Versión Actualizada del Módulo Facilitador de Compras Públicas
Entidades Contratantes:
Se actualizó el Módulo Facilitador de la Contratación Pública MFC - Pliegos.
La versión MFC Pliegos: 1.11.0
- Descarga Instalador MFC Entidades
Proveedores del Estado:
Se actualizó el Módulo Facilitador de la Contratación Pública MFC – Ofertas
La versión MFC Ofertas: 1.6.0
DEBERÁN DESCARGAR E INSTALAR OBLIGATORIAMENTE del link:
- Descarga Instalador MFC Ofertas
miércoles, 17 de agosto de 2016
SERCOP incorpora a medios comunitarios en el catálogo inclusivo
MEDIOS COMUNITARIOS
AL CATALOGO ELECTRÓNICO INCLUSIVO
A través de la herramienta de
catalogación inclusiva, el Servicio Nacional de Contratación Pública
busca incluir en los procesos de compra pública a más de 200 medios
comunitarios existentes en el territorio nacional.
Los medios de comunicación que quieran catalogarse podrán acceder a la información y requisitos del proceso en la página web www.sercop.gob.ec y contarán con el acompañamiento de técnicos del SERCOP para integrarse al Catálogo Dinámico Inclusivo.
Los medios deberán contar, entre otros
requisitos, con la autorización de frecuencia otorgada por la Agencia
Nacional Reguladora de Telecomunicaciones (ARCOTEL) y por el certificado
de constar en el registro Público de Medios del Consejo de Regulación y
Difusión de la Información y la Comunicación (CORDICOM).
Se prevé que a través de este proceso se
puedan destinar entre 5 y 7 millones de dólares anuales a estos medios,
promoviendo así su fortalecimiento y sostenibilidad organizativa.
La fecha estimada de catalogación es el 2
de septiembre de 2016, fecha a partir de la cual todas las entidades
públicas que requieran el servicio de difusión de cuñas publicitarias
deberán hacerlo de forma obligatoria a través del catálogo.
De esta forma se busca que el Estado, a
través de la contratación pública, apoye en el sostenimiento de los
medios comunitarios, que de acuerdo al artículo 106 de la Ley Orgánica
de Comunicación deben ser el 14% de las frecuencias existentes en el
país.
(EG)
martes, 16 de agosto de 2016
¿Cuál es la última versión del módulo USHAY?
VERSIÓN 1.2.1 ENTIDADES
El sistema USHAY, constantemente se está actualizando para dar mejoras de funcionalidad a sus usuarios a la fecha de publicación de esta entrada de blog la última versión para entidades contratantes es la 1.2.1 y la de proveedores es la versión 1.1.16.
VERSIÓN 1.1.16 PROVEEDORES
Éstas versiones tienen mejora en el desempeño y mayores facilidades para el cálculo del valor agregado ecuatoriano.
martes, 16 de febrero de 2016
El VAE motiva la inversión en el país y la competencia entre productores ecuatorianos
El VAE persigue la adjudicación de mil millones de dólares a productores ecuatorianos, en 821 productos, de sectores como:
– Productos químicos
– Productos plásticos
– Papel y cartón
– Pinturas y tintas
– Construcciones prefabricadas
– Productos de hierro o acero
– Obras y piezas de carpintería
– Muebles
A partir de las sugerencias provenientes de
organizaciones productivas como Federación Ecuatoriana de Industrial del
Metal (FEDIMETAL), Cámara de la Pequeña y Mediana Empresa de Pichincha
(CAPEIPI), Cámara Nacional del Calzado (CALTU), Cámara de la Pequeña
Industria del Azuay (CAPIA), la metodología y los umbrales del VAE
fueron redefinidos para responder de manera más asertiva a la realidad
productiva nacional.El VAE es el porcentaje de insumos ecuatorianos (materia prima, bienes, equipamiento, mano de obra, otros servicios) usados en la producción, es decir, es todo aquel elemento ecuatoriano que sea usado en la provisión de un bien o servicio. Durante los Consejos Consultivos Sectoriales, el SERCOP ha sido enfático en resaltar que el cálculo del VAE se hace a partir de un umbral y, en el caso de los proveedores que pasan dicho umbral, acceden a una reserva de mercado, lo que significa que solo compiten entre productores ecuatorianos. Con esta decisión, en la compra pública se fomenta la competencia justa entre productores, más no entre productores e importadores. El productor ecuatoriano siempre tendrá la preferencia que el VAE le otorga.
lunes, 15 de febrero de 2016
lunes, 18 de mayo de 2015
SERCOP establece metodología para la determinación del VAE
El
Servicio Nacional de Contratación Pública -SERCOP- con el objetivo de
determinar el porcentaje de componente nacional en la producción de
bienes ofertados al Estado expidió la Resolución No. RE-SERCOP-2015-000031 a través de la cual se establece la metodología para la aplicación de preferencias por Valor Agregado Ecuatoriano -VAE-.
El VAE es
el porcentaje que se obtiene de la relación entre el consumo intermedio
de componente nacional respecto al valor de la producción a precios
básicos de la Matriz Insumo – Producto. En ese sentido, se han
establecido umbrales de VAE que deben cumplir una oferta a fin de que
ésta sea considerada ecuatoriana y acceda a las preferencias detalladas
en la normativa vigente.
Para conocer el listado de umbrales para el VAE haga clic en el siguiente enlace: Listado de Umbrales VAE por CPC
viernes, 10 de abril de 2015
Prueba de Diagnóstico
Realiza ésta prueba y mide tus conocimientos desde la comodidad de tu hogar , eso si tratas de hacerla sin ver las respuestas correctas, !éxitos!
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¿Qué es el Régimen Especial?
¿Qué es el Régimen Especial?
El Régimen Especial es un procedi-
miento precontractual, por
medio del cual una
entidad inicia un pro-
ceso
para la contratación de bienes,
obras y/o servicios
específicos, que se encuentra normado por la
Ley Orgánica del Sistema Nacional
de Contratación Pública –LOSNCP– y su reglamento, bajo criterios
de se- lectividad.
Debe entenderse que los procesos de
Régimen Especial no son un siste- ma de excepción, y tanto entidades contratantes como proveedores cum- plirán los requisitos
previstos en la normativa del Sistema Nacional de Contratación Pública –SNCP–.
No se debe olvidar que generalmen-
te,
los procesos sujetos a Régimen Especial no son concursables, es decir
la contratación es directa y de acuer-
do
a la naturaleza
de la contratación,
será necesario disponer de todos los documentos técnicos y económicos que la justifiquen y determinar
su
conveniencia en la adjudicación. Los
procedimientos sometidos
a Régi- men Especial son:
1.
Adquisición de fármacos
2.
Seguridad interna y externa,
ca- lificada por el Presidente de la República
3.
Comunicación Social
4.
Asesoría y Patrocinio
Jurídico (incluye consultas puntuales y específicas)
5.
Obra artística, literaria o cientí- fica
6.
Bienes y servicios únicos en el mercado o con proveedor único.
7.
Repuestos y accesorios
8.
Trasporte correo interno e inter- nacional
9.
Contrataciones con empresa pú- blicas de la comunidad interna- cional
10. Contratación interadministra- tiva (Estado
con
entidades del sector público)
11. Giro específico
del negocio de
empresas públicas y sus subsi- diarias
12. Contratación sectores estratégicos
13. Contratos de instituciones
del sistema financiero y de seguros
14. Contratación de seguros
En los procesos
de Régimen Especial, así como en los de régimen común,
las Entidades Contratantes deben
publicar obligatoriamente los expe- dientes y la información relevante
de los procedimientos de contratación a través del Portal COMPRASPUBLI-
CAS.
Para ello, el
INCOP ha diseñado una aplicación informática de registro
que entró en vigencia el 30 de enero de
2013, la misma que dispone que todas
las instituciones públicas debe-
rán
utilizar de manera obligatoria la herramienta que se encuentra
habili- tada en el Portal COMPRASPUBLICAS,
con el fin de dar cumplimiento a los principios de legalidad, trato
justo, igualdad, calidad,
vigencia tec- nológica, oportunidad, concurrencia,
transparencia y publicidad, rectores del Sistema Nacional
de Contrata- ción Pública.
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